OTRA VICTORIA MAS DE LOS VETERANOS
DE LA GUERRA DE MALVINAS
Es bien conocida la situación en que los mantiene el Estado nacional, que se niega a abonarles los beneficios pecuniarios que sí se han otorgado a quienes estuvieron directamente en el Teatro de Operaciones.
Ahora, debido al esfuerzo permanente e inclaudicable de todas las organizaciones que los nuclean -y de muchos estudios jurídicos, entre ellos el nuestro-en busca del debido reconocimiento como Veteranos de Guerra, la Fuerza Aérea Argentina, mediante Resolución N° 231/2011, en distintos reclamos administrativos presentados a su consideración ha comenzado a reconocerles esa condición a algunos integrantes que desarrollaron su cometido en las bases del Continente, pero siempre que hayan cumplido con ciertos requisitos prefijados en dicha norma. Se aclara que este reconocimiento opera hacia adelante en los beneficios, sin retroactivo alguno.
Este principio de reacción favorable significa que debemos redoblar la acción para obtener ese reconocimiento, no sólo de los que cumplan con alguna condición establecida arbitrariamente por el Estado, sino para todos quienes estuvieron involucrados en el Conflicto de Malvinas, sin ninguna discriminación, de conformidad con lo que establecen los tratados internacionales de los cuales la Argentina es parte, que -como sabemos- tienen rango constitucional.
SI NO SE HACE EL RECLAMO NO SE OBTIENE
EL RECONOCIMIENTO COMO VETERANO DE GUERRA
(en buen romance: “El que no llora no mama”)
Lo importante es que los reclamos se realicen, a través de nuestro estudio o de cualquier otro, pero que se hagan.

En los siguientes links encontraran la documentacion del Estudio RDM |
Demanda
Ampliacion demanda y Prueba

Nuestro estudio es especialista en esa reclamacion y en litigios de todo tipo de situaciones vinculadas con reajustes salariales, desde hace mas de 30 anos.
Por lo tanto, nos ponemos a disposicion para iniciar su caso, asesorarlo o asesorar a su letrado si es que Vd. ya lo inicio en otro estudio.
Es menester dejarles en claro que nuestro estudio no cobra por el inicio del juicio, ni por mantenimiento de carpeta, ni por otros gastos inherentes a la gestion. Trabajamos a resultado; solo cobramos cuando ustedes obtengan el reajuste de su haber y el pago del correspondiente retroactivo.
Sin otro particular
Estudio Dr. Roberto D. Martinez
ESPECIALISTA EN RECLAMOS ADMINISTRATIVOS Y JUDICIALES
Dr. Roberto D. Martinez
Tel: 4343.2994 / 4343.9437 / 4342.8125
Peru 345. Psio 8, ofic D
Dr.Martinez, soy ex soldado movilizado 62 Oscar Peter, en el año 2015 le envié toda la documentación, pero no me dió el número de expediente, quiero saber cómo está el trámite, muchas gracias.
ResponderEliminarBuenas tardes quisiera saber si los soldados clases 63del Rct9 de Puerto deseado están incluidos en el toas ,que nesesito para iniciar algún reclamo ya que pasó 39 años y nunca una noticia si somos veterano de guerra gracias
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